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La Regulación de la FAA Parte 108: Un Nuevo Horizonte para Operaciones Internacionales de Drones

HORACIO HORACIO noviembre 13, 2024 0

 



Las implicaciones globales de la nueva regulación de la Administración Federal de Aviación (FAA) de Estados Unidos, la Parte 108, diseñada para permitir que los drones realicen vuelos de larga distancia, incluso cruzando fronteras internacionales. Con la implementación de esta normativa, la aviación tradicional enfrenta el desafío de adaptarse a innovaciones tecnológicas que están transformando el espacio aéreo. Además, el rol de la Organización de Aviación Civil Internacional (OACI) será fundamental para integrar de manera segura y efectiva los drones en el sistema de aviación global, asegurando que las regulaciones sean compatibles a nivel internacional y favoreciendo la armonización de estándares para operaciones transfronterizas.


Consecuencias de la nueva regulación de la FAA para las relaciones internacionales


La nueva regulación de la FAA sobre la aviación no tripulada, Parte 108, tendrá consecuencias significativas para las relaciones internacionales, especialmente con respecto a las leyes de aviación de otros países. La Parte 108 permitirá que los drones y los taxis aéreos vuelen largas distancias, incluyendo el cruce de fronteras. Esto generará la necesidad de cooperación y coordinación entre las autoridades de aviación civil de diferentes países.


  • Las regulaciones aéreas de los países vecinos no siempre son compatibles entre sí. Esta falta de uniformidad puede crear confusión y situaciones peligrosas.
  • Para abordar estos desafíos, la Organización de Aviación Civil Internacional (OACI) se asegurará de que los procedimientos de vuelo sean uniformes en todos los países y que las regulaciones sean compatibles.
  • La OACI ya está trabajando en la integración de la aviación no tripulada en el sistema de aviación global.
  • Ha establecido grupos de expertos dedicados a desarrollar normas y prácticas recomendadas para drones y taxis aéreos.


Desafíos y Oportunidades de los Drones y Taxis Aéreos que Cruzan Fronteras Internacionales


Permitir que los drones y los taxis aéreos crucen fronteras internacionales presenta tanto desafíos como oportunidades. La principal preocupación es la necesidad de armonizar las regulaciones aéreas entre los diferentes países. Al igual que con la aviación tradicional en sus inicios, las diferentes legislaciones pueden generar confusión y situaciones peligrosas.


  • La OACI (Organización de Aviación Civil Internacional), con 193 países miembros, juega un papel crucial en este proceso. Su objetivo es garantizar que los procedimientos y regulaciones sean uniformes en todos los países para una aviación internacional segura.
  • La Parte 108, una nueva regulación de la FAA (Administración Federal de Aviación) de los Estados Unidos, se espera que permita a los drones y taxis aéreos volar largas distancias, incluyendo el cruce de fronteras.
  • La implementación de la Parte 108 requerirá negociaciones con otros países para asegurar la compatibilidad con sus regulaciones.


La OACI ya está trabajando en la integración de los drones y taxis aéreos en el espacio aéreo internacional a través de dos subgrupos de expertos:


  • El Panel de Sistemas de Aeronaves Pilotadas Remotamente (RPASP), que se encarga de desarrollar normas y procedimientos para la integración segura de los drones en el espacio aéreo no segregado.
  • El Grupo de Estudio de Movilidad Aérea Avanzada (AAM SG), que desarrolla una visión y un marco para la integración segura y sostenible de los taxis aéreos.


La comunidad internacional de la aviación se está preparando para la próxima generación de aviación no tripulada, donde los drones y taxis aéreos cruzarán fronteras de forma segura y coordinada con la aviación tradicional.


Las oportunidades que surgen con esta nueva era de la aviación son muchas, incluyendo:


  • Mayor eficiencia en el transporte de mercancías y pasajeros,
  • Nuevos modelos de negocio,
  • Y una mejor conectividad global.


Sin embargo, es fundamental abordar los desafíos regulatorios y de seguridad para aprovechar al máximo estas oportunidades y garantizar un futuro próspero para la aviación no tripulada internacional.




Fuentes:


https://www.commercialuavnews.com/las-consecuencias-internacionales-de-la-parte-108



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